Desde hace tiempo, los accidentes laborales no hacen más que aumentar en términos globales. Parece preocupante que en 3 años -de 2013 a 2016- hayan crecido alrededor de un 25%. Estos datos nos demuestran que la prevención de riesgos laborales es un tema fundamental y de actualidad, y que tanto empresarios como trabajadores deben prestarle una atención mayor.
En los próximos apartados señalaremos qué derechos y obligaciones tienen ambas partes en la prevención de riesgos laborales, a través del Plan de Prevención de Riesgos Laborales ordenado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Posteriormente describiremos brevemente cómo se deben evaluar los riesgos laborales y qué empresas se encuentran posibilitadas a llevarlo a cabo. Por último, daremos algunas nociones de qué apartados debe tener todo manual de prevención.
Plan de prevención de riesgos laborales
Sin duda, el mejor accidente laboral es el que no se produce, por tanto, desde el Ministerio de Empleo y Seguridad Social se estableció hace años un plan para prevenirlos. Dicha prevención no sería más que el conjunto de medidas adoptadas por una empresa para evitar los accidentes de sus empleados.
Cabe destacar que el plan no solo hace referencia a los accidentes físicos -los que podríamos pensar en un primer momento-, sino que también se recogen otro tipo de accidentes o problemas que podríamos denominar psicosociales (trabajos que pueden causar estrés o cualquier otro problema psicológico), así como deterioros físicos no inmediatos que pueden sufrir los trabajadores dado el emplazamiento de su trabajo (tener un entorno no confortable que conlleve la pérdida de visión o de oído; encontrarse en un clima no adecuado que pueda desembocar en graves problemas respiratorios; etc.)
Para cumplir con la normativa hay una gran cantidad de agentes implicados en la prevención de riesgos laborales. Por un lado están los empresarios, que tienen la obligación de garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con su trabajo, y, para ello, deben realizar una correcta evaluación de riesgos laborales. Por otro se encuentran los trabajadores, que tienen el derecho de ser informados de los peligros que puede conllevar la realización de su trabajo, así como que se le proporcione el material necesario para cumplir con las normas de seguridad.
No hay que olvidar que los trabajadores pueden abandonar en cualquier momento su actividad salarial, si consideran que ésta pone en peligro su integridad física o psicológica. A su vez, ellos tienen la obligación de realizar un correcto uso de los medios de trabajo, conocer su peligrosidad y modo de empleo, así como cumplir con la normativa estipulada por las autoridades competentes.
No obstante, también hay otros agentes que se encuentran dentro del apartado de la prevención de riesgos laborales. Uno de estos es la Administración pública, que vela por el cumplimiento de la ley mediante la realización de auditorías, siendo ellos mismos los encargados, o delegando en alguna otra empresa especializada y ajena al organismo auditado. Las organizaciones sindicales también son agentes importantes dentro del campo de prevención de riesgos laborales, ya que actúan como núcleo de presión para mejorar las fallas dentro de la empresa que creen convenientes, pudiendo llevar a los tribunales a la empresa si no atienden a sus demandas.
Y, por último, fabricantes e importadores de productos tienen la obligación suministrar maquinaria, equipo, etc., que esté en buen estado y que no constituya ningún tipo de peligro o riesgo para los trabajadores. Para cumplir con esta última exigencia, se realizan de forma aleatoria controles de calidad de los productos vendidos.
Ley de prevención de riesgos laborales
Toda esta información se encuentra recogida en la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales. Desde entonces, se han sancionado Reales Decretos y cambios orgánicos que han modificado ciertas partes del cuerpo de 1995. El último cambio se produjo Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en 2015 y modificaba un Real Decreto emitido en 2010.
En dicha ley se recoge en mucho más detalle lo expuesto anteriormente, es decir, los derechos y deberes de empresarios y trabajadores, así como el campo de actuación de los organismos ahí mencionados. También recoge, junto al Real Decreto de Servicios de Prevención, la forma en la que se deben evaluar los riesgos laborales. Consulta aquí un resumen de la ley de PRL en España.
Evaluación de riesgos laborales
Como hemos dicho, el empresario debe realizar una evaluación de los riesgos que sus trabajadores pueden sufrir e intentar disminuirlos lo máximo posible, pero, ¿cómo hacer esto?
Para ello, lo primero que hay que hacer es identificar y agrupar cada una de las diferentes actividades que se realicen en la empresa. Por ejemplo, si hablamos de una empresa de alimentación, que prepara y lleva su comida cocinada al domicilio de sus clientes, nos encontraríamos ante dos actividades distintas: la de cocinar y la de transportar la comida y, en consecuencia, cada una de ellas debería ser analizada por separado.
Una vez que se han clasificado las distintas actividades de trabajo y se tiene una información completa de cómo el trabajador va a desempeñar su cometido, es cuando hay que evaluar los riesgos.
El análisis de riesgos laborales se puede dividir en dos subapartados: la identificación de peligros y su estimación; a su vez, este último se puede dividir en la severidad del daño y la probabilidad de que ocurra el daño. Dicho con otras palabras, hay que analizar qué puede ser un peligro, y una vez determinado dicho peligro, ver cuán dañino puede ser y con cuánta probabilidad puede ocurrir.
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Identificación de los riesgos
Para identificar un peligro, hay que atender a tres conceptos fundamentales:
- La fuente del daño.
- El sujeto que puede ser dañado por la fuente.
- La manera en que la fuente daña al sujeto.
Obviamente, cada uno de los apartados anteriores será diferente en función del trabajo que se tenga que llevar a cabo. Caídas, golpes, cortes, manejo de sustancias peligrosas, trayectos en vehículos y un largo etcétera de fuentes de daño que pueden afectar a los trabajadores y que hay que tener en cuenta.
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Estimación de los riesgos
Una vez que se han identificado los peligros, hay que estimar los riesgos de ese peligro. Así pues, hay que mirar la severidad del daño y su probabilidad.
⇒ Severidad del daño
Para ver cuán peligrosa es una fuente de daño hay que atender a las partes del cuerpo susceptibles de ser dañadas y la propia severidad del daño. Lo primero hace referencia a que no es lo mismo un corte superficial en una mano que un corte superficial en un ojo, y lo segundo a que un corte superficial no es lo mismo que una brecha profunda. Los ejemplos de daño se recogen en la ley española y nosotros los citamos aquí:
Ligeramente dañino:
- Daños superficiales: cortes y magulladuras pequeñas, irritación de los ojos por polvo.
- Molestias e irritación, por ejemplo: dolor de cabeza, mareos, etc.
Dañino:
- Laceraciones, quemaduras, conmociones, torceduras importantes, fracturas menores.
- Sordera, dermatitis, asma, trastornos músculo-esqueléticos, enfermedad que conduce a una incapacidad menor.
Extremadamente dañino:
- Amputaciones, fracturas mayores, intoxicaciones, lesiones múltiples, lesiones fatales.
- Cáncer y otras enfermedades crónicas que acorten severamente la vida.
Por supuesto, esto es solo una pequeña lista a modo de ejemplo, que recoge los casos más representativos y usuales que pueden darse en diferentes trabajos.
⇒ Probabilidad del daño
Por tanto, una vez que se ha determinado cuán dañino es el trabajo al que se enfrentan los asalariados, se debe determinar la probabilidad con la que dicho daño puede ocurrir. Hay que clasificarlo en alguna de las siguientes categorías:
- Probabilidad alta: el daño ocurrirá siempre o casi siempre.
- Probabilidad media: el daño ocurrirá en algunas ocasiones.
- Probabilidad baja: el daño ocurrirá raras veces.
Por lo tanto, una vez que tenemos ambas variables (peligrosidad y probabilidad), se atiende a la siguiente tabla en donde se clasifican los daños:

- Con riesgo trivial y con riesgo tolerable no se tiene que llevar a cabo ninguna acción para disminuir el riesgo de daños.
- Con riesgo moderado se permite que la actividad laboral continúe, pero se exige implementar mejoras y disminuir riesgos para bajar el grado de peligrosidad.
- Con riesgo importante e intolerable se debe parar inmediatamente la actividad llevada a cabo hasta que las condiciones mejoren.
Empresas relacionadas con la PRL
Una pregunta que nos puede surgir aquí es, ¿quién debe realizar la evaluación de riesgos laborales de una determinada empresa?
La ley permite que en empresas pequeñas y de pocos riesgos, sea el propio empresario el que realice las tareas de prevención de riesgos laborales. Sin embargo, esto no es lo común, sino que se deben contratar a especialistas y técnicos en prevención de riesgos laborales para que realicen su cometido.
Estos técnicos pueden ser de su propia empresa, los cuales dedicarán su jornada laboral únicamente a evaluar riesgos, disminuirlos, planificar actividades preventivas, etc. O bien se deberá contratar a una empresa que realice dichas tareas, las conocidas como SPA (Servicio de Prevención Ajeno).
La decantación de una modalidad u otra dependerá de factores propios de cada empresa: del presupuesto que tenga pensado gastarse en la prevención de riesgos laborales, de la peligrosidad de la tarea y si hay que mejorarla a un futuro o no, etc.
Lo más común en empresas medianas y que no sean de una gran peligrosidad es recurrir a una SPA. Estas empresas deben cumplir una serie de requisitos y estar acreditadas por el Estado. En este buscador de SPA puedes realizar una búsqueda de las SPA de toda España, filtrando por Comunidad Autónoma, actividad especializada, etc.
Manual de prevención de riesgos laborales
Cada empresa suele tener su propio manual de prevención de riesgos laborales, ya que dependiendo de la actividad que lleve a cabo, prestará más atención a un aspecto o a otro.
En general, todos los manuales de prevención de riesgos laborales deben tener unos primeros apartados de introducción en donde presentan el trabajo que hacen, los riesgos generales a los que los trabajadores pueden estar expuestos, qué es un accidente laboral, normativa estatal, etc.
Posteriormente, el manual deberá tener una breve exposición de la maquinaria, herramientas, productos que se utilizan durante la jornada laboral, etc., que explique su funcionamiento, casos en los que debe -o no- usarse un determinado elemento y, en general, todo lo relacionado con el buen funcionamiento y uso del material y de las instalaciones de la empresa. En este punto, no suele estar de más ilustrar cómo se deben realizar correctamente algunas actividades, esto es, por ejemplo, cómo levantar peso, cómo transportar herramientas o productos peligrosos de un lugar a otro dentro de las instalaciones, etc.
El manual de prevención de riesgos laborales debe tener también un apartado relativo a la higiene, sobre todo si la empresa maneja productos químicos tóxicos, corrosivos o nocivos. Si no, también se deberán estipular unas normas básicas de higiene dentro del recinto laboral. No hay que olvidar que también se debe incluir una leyenda explicando el significado de las señales que haya por las instalaciones laborales.
Sin ninguna duda, es imprescindible que en cierta parte del manual se detalle qué hacer en caso de accidente.
Así, por un lado, deberá contener información sobre el manejo de herramientas de seguridad: extintores (cómo usarlos, tipo de extintor a usar dependiendo de la naturaleza de la emergencia, etc.), mangueras y cualquier otro elemento que deba ser utilizado en caso de accidente. Por otro, se deben incluir pequeñas nociones de primeros auxilios a realizar en caso de que algún compañero resulte herido; por tanto, qué hacer si hay fracturas de miembros, caídas, quemaduras, heridas, etc., deber ser un conocimiento que todo trabajador tiene la obligación de conocer.
Por último, incluir un plan de evacuación de emergencia de las instalaciones en caso de que todo vaya mal, puede salvar numerosas vidas en el peor de los escenarios.
Sin duda, estas pautas son de un gran carácter general, y se deberá prestar más atención a algunos apartados y mucho menos a otros, en función del sector y de la actividad que se realice en la empresa.
Recursos:
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